febrero 4, 2020 SAT 1 comentario

L
a subcontratación laboral o mejor conocida como outsourcing, consiste en un esquema que permite subcontratar los servicios de una empresa que le suministrará recursos humanos.

Las empresas de outsourcing representan algunas ventajas para compañías que no quieren contratar directamente a su personal; algunos beneficios que pueden tener es la reducción de los costos con respecto a la nómina y que no tienen que desenfocarse del giro económico de la empresa.

Sin embargo, según un estudio realizado en 2016 en el centro de análisis sobre mercados de recursos humanos Staffing Industry señala que en el país prevalece la irregularidad en tercerización de empleados, pues de 900 empresas que en promedio ofrecen estos servicios, solo 100 tienen registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, y de éstas, únicamente 40 pagan los impuestos que corresponden. Aunado a esto, de esas 40 empresas mencionadas anteriormente, únicamente 20 cumplen con los estándares establecidos por la Asociación Mexicana de Capital Humano (AMECH), permitiendo auditorías legales y fiscales.

En materia de IVA, una de las reformas fiscales que entran en vigor en el año 2020, se refiere a la retención del 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

Adicionalmente, en el artículo 5° Fracción II de la Ley del IVA se señala que para que sea acreditable el impuesto al valor agregado haya sido trasladado expresamente al contribuyente y que conste por separado en los comprobantes fiscales a que se refiere la fracción III del artículo 32 de esta Ley.

Written by dannyyesoft